Visión de los Aymaras en torno a las Autonomías Regionales:  
 
 
     
La Paz, 15 de 08 de 2009   
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En Bolivia, el último Censo Nacional de Población y Vivienda 2001,se logró obtener que el 62% de los bolivianos se considera aymara, quechua o de algún otro pueblo originario, el 42% habla un idioma originario y el 45% responde que sus padres hablaban un idioma originario .

Se considera en la teoría antropológica, que una persona que se considera a sí misma de una nacionalidad o etnia, es tal. Los datos sobre lingüística también aportan en esta perspectiva y se puede profundizar si se hiciera una encuesta que pregunte qué representación quieren los bolivianos, ya que un blanco puede optar por un indígena como Presidente o Diputado o viceversa, tal como ha ocurrido en la última elección general del país .

Desde 1825 hasta el 2004, Bolivia ha sido un país, socio políticamente y socio-económicamente "monocrático" cuya mayoría nacional está compuesta por una sociedad indígena y mestiza, con políticas de exclusión económica y social, lo que provocó pobreza y atraso. Como resultado de este tipo de modelo socio político y económico, Bolivia es un país pobre, subdesarrollado, enclaustrado y dependiente, donde sólo una clase es beneficiada con el poder

Nuestra primera constitución de 1826, claramente escindió la "bolivianidad" asignada a todos los que habían nacido bajo la jurisdicción territorial de la nueva República, de los "ciudadanos", que debían saber leer y escribir el idioma dominante (castellano) y carecer de vínculos de servidumbre, con lo que de inicio los indios carecían de ciudadanía . Las distintas formas estatales que se dieron hasta 1952, no modificaron sustancialmente este apartheid político. El Estado caudillista (1825-1880) y el régimen de la llamada democracia "censitaria" (1880-1952), tanto en su momento conservador como liberal modificaron muchas veces la Constitución Política del Estado.

Los procesos de democratización y homogenización cultural iniciados a raíz de la revolución de 1952, en parte transformaron el régimen de exclusión étnica y cultural del Estado oligárquico. El voto universal amplió el derecho de ciudadanía política liberal a millones de indígenas; pero lo hizo imponiendo un único molde organizacional de derechos políticos. Igualmente, la educación fiscal y gratuita permitió que indígenas que constituían la abrumadora mayoría de los "analfabetos" marginados de un conjunto de saberes estatales, ahora pudieran estar mas cerca de ellos.

De esta manera, entre 1952 y 1976, entre el 60 al 65% de la población boliviana que tenia como lengua materna un idioma indígena solo pudo ejercer sus derechos de ciudadanía por medio de un idioma ajeno ya que la educación oficial, el sistema universitario, el vinculo con la administración publica, los servicios, etc., solo podían realizarse por medio del castellano y no así empleando el idioma quechua o aymara.

Marco teórico de las Autonomías

Se parte de una definición común y ya socializada en Bolivia. Para definir autonomía, la referencia es la de Urenda , que textualmente señala: se entiende por autonomía el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad del Estado. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.

En un régimen de Autonomías, lo que hay es una descentralización político administrativa, que no se detiene en la elección de la autoridad gubernamental principal de este nivel subnacional, sino que se va hasta la adopción de competencias normativas, de definición de políticas públicas y de fiscalización. Se debe aclarar cuatro conceptos aquí: qué normas, qué normas y qué políticas y qué fiscalización.

Ahora bien, estas normas alcanzan a ser Leyes se dijo, en términos de una conceptualización legal en pirámide, al estilo de Kelsen. Hoy por hoy, esta estructura piramidal de la preeminencia de normas, debe ser transversalizada con los niveles de gobierno, por que muchas veces un Reglamento nacional tiene mayor rango que una Ordenanza Municipal, como es el caso de la aprobación de las Ordenanzas de tasas y patentes municipales, donde el Gobierno Municipal, una vez aprueba su ordenanza de tasas y patentes debe ir primero al Ministerio de Hacienda para que elabore un informe que atestigua que no hay doble tributación, y luego a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Senadores, para que se emita un Informe de dicha Comisión ratificando o modificando el informe del Ministerio de Hacienda y Resolviendo la procedencia o no de la Ordenanza Municipal. Es decir, que una Resolución de una Comisión del Senado tiene más fuerza que un instrumento legal de un nivel autónomo, como es una Ordenanza Municipal de un Gobierno Municipal. Por tanto, la capacidad reglamentaria del gobierno central debe ser cercenada a favor del nivel autonómico subnacional. Pero, esto se verá en el siguiente punto del marco jurídico de las Autonomías Departamentales.

Para comprender la diferencia entre diferentes modelos de Estado se muestra este gráfico


MODELOS DE ESTADO

Fuente: Elaboración propia

Todas las definiciones de Estado señalan que el estado es un Territorio, con un Gobierno, con normas propias y con una población . Si ello es así, se reconocen solamente dos modelos de Estado. Este es o federal o unitario. De allí el unitario puede ser centralizado o descentralizado, hasta llegar a la descentralización político-.administrativa, que ya reconocía la Constitución de 1967 y que lo aprobó el referéndum de 1931 en Bolivia. De allí la forma de Autonomía implica un órgano legislativo propio, en tanto la autarquía no.

Por tanto, la Autonomía que se pretende, sea Departamental, regional o Étnica, es una descentralización político-administrativa, en términos de derecho administrativo y de teoría de la administración pública y del ordenamiento territorial.

Finalmente, las diferencias entre federalismo y autonomías son varias, destacando el hecho de que no se descentraliza el Poder Judicial en una Autonomía, no tiene cada territorio su propia Constitución, si no solamente un Estatuto sometido a la única Constitución nacional y aprobado por Ley de la República, y las competencias no son auto atribuidas si no negociadas en una autonomía con el gobierno central.

Más aún, en América latina hay países que tiene estado federal pero son centralistas en su organización estatal, y hay países unitarios muy descentralizados como se puede ver en el siguiente gráfico.

Aquí se ve claramente que Bolivia es descentralizado a escala municipal y desconcentrado a nivel departamental. Dicotomía que ya no soporta el estado actual.

Antecedentes sobre autonomías

El planteamiento que haremos sobre el tema, está dentro un marco teórico a partir del cual se identifican las limitaciones y posibilidades estructurales del modelo boliviano.

Bolivia es un país que históricamente se ha estructurado de manera diversa . En términos históricos, la interpretación del nacionalismo revolucionario pone en entredicho la idea de Estado-nación en el sentido weberiano del término. Cuestionada desde la historiografía aymara (la República es otra fase del dominio colonialista), el nacionalismo revolucionario ha perdido su impulso legitimador de una historia oficial .

El intento de conformar una comunidad política asentada en la democracia representativa es un intento que por ahora plantea más interrogantes que soluciones. La idea de Estado-Nación ha sido sustituida por la noción de Estado Plurinacional y Multilingüe que pretende avanzar hacia lo Intercultural, aunque no se ha cristalizado la integración social propugnada a través del reconocimiento constitucional de lo "pluri-multi-inter" y de las reformas destinadas a la formación de una cultura democrática. Las propuestas que se plantean pretenden encarar este desafío a partir del vínculo entre los principios del Estado de derecho -como horizonte de la consolidación democrática- y el pluralismo cultural .

Las razones para buscar una autonomía étnica son la territorial (tierra es otro planteamiento táctico), la cultural y la social, porque la dimensión económica y política pueden resolverse en procesos de descentralización político administrativos, en el marco de la constitución de Gobiernos Departamentales Autónomos y de las "simples" Autonomías Departamentales.

Antecedentes históricos de propuestas autonómicas, las hay desde la Convención de 21868, con Lucas Mendoza de la Tapia, luego los movimientos de Andrés Ibáñez, de Domingo Ávila y otros en Santa Cruz, el referéndum por la descentralización política impulsado por Salamanca y vetado por él mismo posteriormente, los movimientos cívicos de los años 50's en santa Cruz, y muchos más.

Sobre la base de estos antecedentes, hasta ahora se ha identificado cuatro planteamientos concretos sobre cómo debería organizarse el nuevo Estado boliviano; El sociólogo y analista político Álvaro García Linera plantea la creación de "Autonomías Indígenas"; el Comité Cívico Pro Santa Cruz, propone la conformación de "Autonomías Departamentales"; el Movimiento Sin Miedo, sugiere la creación de la "Federación Boliviana de Municipios y Comunidades Originarias"; y el Comité Cívico de Chuquisaca y el propio Presidente Evo Morales proponen la conformación de Autonomías regionales.

Hay otras propuestas, con menor respaldo social, como la de la Nación Camba que plantean la existencia de un Estado Libre Asociado con Bolivia, para quienes lo quieran, ó la propuesta de reconstitución del Tahuantinsuyo de Felipe Quispe, también denominada la "Federación del Kollasuyo", Hay matices de propuestas de las anteriormente citadas como la del Comité Cívico de Tarija que sobre la base de la propuesta de Autonomías Departamentales, plantea la concesión de territorios Indígenas descentralizados al interior de las Autonomías Departamentales, con administración y gobierno propio, según sus usos y costumbres .

Como políticas de la autonomía Aymara planteadas hasta ahora, podemos citar el paso del sindicalismo impuesto desde 1953 en el área rural a la "Reconstitución de los Ayllus en Bolivia con identidad construida" como la Wifala , planteada por Carlos Mamani, Simón Yampara, Alicia Canaviri y en partes Fernando Untoja desde las ONGs. THOA, CADA y otras afines. Para sostener su propuesta de libre determinación del pueblo Aymara, apelan al Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo. La "comunidad imaginada" de Waskar Ari , Anderson, Benedict, quienes plantean cambiar quinientos años de historia colonial boliviana que ha generado injusticias históricas como la falta de equidad, sometiendo en la pobreza al conjunto del Pueblo Aymara, a partir de las experiencias de la India, Malasia y Australia, países con historia multiétnica, que en el siglo XX sus Estados nacionales han impuesto políticas preferenciales para resolver la falta de equidad entre grupos étnicos distintos, como el Programa de la Acción Afirmativa (Malasia), "clase programada". (India), creando para los indígenas cupos de representación parlamentaria y participación en la administración de gobierno; becas a la educación superior, vivienda y trabajo.

Según el proyecto autonómico de los pueblos indígenas, el debate coincide con los cívicos en la necesidad de abandonar el centralismo del Estado, pero discrepan en los alcances que esta división de poderes podría tener . Sin dejar de lado la autoridad del Estado boliviano en la definición estratégica de los recursos naturales, impuestos, la sujeción de las Fuerzas Armadas y la definición de las relaciones externas con otras naciones, los pueblos indígenas de las "tierras altas y bajas" reclaman la administración de sus "territorios autónomos" y derechos políticos para sus comunidades a elegir sus autoridades y administrar sus recursos en forma autónoma y la definición de sus políticas de desarrollo mediante un modelo flexible de una "descentralización participativa" al interior de cada pueblo - El mismo Ayllu es una concepción - Los principales actores de este proyecto, son: la Asamblea Indígena Chiquitana (OICH), la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), la Asamblea del Pueblo Yuracaré (APY) y la Central de Pueblos Mojeños del Beni (CEPEMBE). Sin ser poder alterno, ni Poder Dual , sus autoridades como el Mallku, el jilakata, la Segunda Mayor, la Mama T'ajlla, Jilankos o el curaca, los Capitanes Grandes o mburuvichá guasú, o los Presidente de los Cabildos Indigenales de Moxos, ejercen autoridad reconocida, sin discusión, y se someten a normas de elección consensuada, o rotativa por lógicas hereditarias, basadas a factores etéreos, pero divorciados de concepciones de democracia representativa. En este sentido, sobre la incorporación de los pueblos indígenas en las autonomías departamentales han surgido diversas propuestas, desde la constitución de Federaciones de Ayllus, Autonomías Comunitarias, Municipio Indígena, Mancomunidades Municipales Indígenas, entre otros, bajo el concepto de democracia comunitaria como forma de organización autonómico comunitario al interior del Estado.

Álvaro García Linera, manifiesta que las Autonomías indígenas son un Estado multinacional y multicivilizatorio "autonomías étnicas" (convirtiéndose en naciones dentro del Estado boliviano y dentro de las autoridades departamentales) una descentralización política en el nivel intermedio del Estado para reivindicar a la población mayoritaria boliviana que, por más de un siglo, ha vivido al margen de las decisiones políticas. Para García Linera, el Estado boliviano es "monocultural" y ha estado dominado por la civilización "castellana-hablante mestiza". Además a esa característica suma una segunda falla estructural del Estado que quiso ser liberal, con una estructura económica que también chocó con las culturas andinas. Por lo que propone, bajo la forma de regímenes autonómicos con comunidades indígenas.

Por otra parte, Javier Medina , Carlos Soria y otros, desde la postura diárquica, plantean que en la futura Constitución, ya inmerso en el proceso de diálogo de civilizaciones y de construirse colectivamente un nuevo pacto de reciprocidad bajo una nueva estatalidad diárquica que no incluya/excluya a nadie, sino que paute relaciones de complementariedad entre dos sistemas antagónicos. Esto debe darse como resultado una combinación de democracia representativa y democracia comunal o comunitaria (en referencia a la democracia practicada en las comunidades indígenas). Sin embargo, a su vez, sostiene que las formas de organización propias en las comunidades indígenas no siempre significan "democráticas", sino más bien monárquicas (sucesión hereditaria del mando, como en los Capitanes Grandes o Mburuvichá Guasus de los guaraníes), consenso (que todos los ayllus estén de acuerdo en una cabeza) o diarquía (las mama tajllas por ejemplo), sin mayor componente propiamente democrático (al estilo de la concepción de los clásicos griegos). Además se obvia el tema de la democracia participativa, que permite no sólo consultar, sino compartir la toma de decisiones con la comunidad o con la sociedad misma.

Según estos autores, las autonomías étnicas preservan todo ello, sin discusión ni debate crítico. Si a ello se suma que el marco al menos aceptado por todos es el de la Declaración Universal de Derechos Humanos, las formas de justicia comunitaria sobre la base del linchamiento sin debido proceso, o sin derecho a la defensa , o la sujeción de las mujeres en el hogar y en la comunidad , o las estructuras de poder y económicas impermeables al interior de las propias comunidades ; el mantenimiento de sus modalidades y formas de poder internas con relación a su reracionamiento con la ciudad y el mundo exterior , son temas que deben ser debatidos y tal vez si bien no "occidentalizar" a estos Pueblos Indígenas, buscar su conocimiento y comprensión de estos Derechos Humanos, como base de ese Pacto o reconstrucción de la Bolivia a diseñarse. Insisten que todas las sociedades pasan por autodiagnósticos que le permiten recrearse a cada momento histórico, por eso no conviene poner un fanal sobre la cultura originaria, sino más bien incorporarlos al debate de un "común denominador".

La propuesta étnico culturalista y diárquica de las autonomías sostenida por García Linera, Javier Medina, Yampara y Waskar Ari y otros, es relativizada por Jean Piel, Mignolo, Sanjínez, Quijano, quienes desde una óptica de la teoría colonialista, insisten que el problema central de autonomías tiene ver necesariamente con la formación de los Estados que se han gestado en el área andina en la primera mitad del siglo XIX. Sus actores principales fueron los descendientes de los españoles llamados criollos, mestizos, blancos españoles, algunos mulatos y otros europeos que pugnaban con España (10 y 15% población de América). Ellos querían, en lo interno una autonomía política y administrativa y en lo externo establecer relaciones comerciales y culturales con otras fuerzas colonizadoras como la anglosajona . Mientras los otros subyacentes llamados indios, negros y otros grupos resultantes de la mezcla biológica y culturales de tres siglos de devastadora presencia europea que representaban el 80 y 98% de la población conformando las comunidades, siervos, aparceros y peones de las haciendas, pongos de encomenderos, quedaban excluidas de cualquier régimen de libertad individual o colectiva, puesto que los beneficios de este proceso separatista, en absoluto no podían extenderse hacia ellos . Jean Piel, lo llama la "realidad infranacional cosmopolitizada como algo incompletamente nacional" . Desde este perspectiva no pueden dejar de ser indagados, debatidos y reconocidos tres problemas pendientes: i) La colonialidad de las relaciones materiales de poder entre lo europeo y lo no-europeo (lo aborigen - étnico, principalmente, pero también lo de procedencia africana e inclusive asiática); ii) La hegemonía del paradigma eurocéntrico en la perspectiva mental de nuestra sociedad; iii) La manera eurcéntrica de plantear y abordar la cuestión nacional y en lo específico la cuestión Aymara y sus proyectos de descentralización política territorial o autonomías.

 

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