En Bolivia, el último Censo Nacional
de Población y Vivienda 2001,se logró obtener
que el 62% de los bolivianos se considera aymara, quechua
o de algún otro pueblo originario, el 42% habla un
idioma originario y el 45% responde que sus padres hablaban
un idioma originario .
Se considera en la teoría antropológica, que
una persona que se considera a sí misma de una nacionalidad
o etnia, es tal. Los datos sobre lingüística
también aportan en esta perspectiva y se puede profundizar
si se hiciera una encuesta que pregunte qué representación
quieren los bolivianos, ya que un blanco puede optar por
un indígena como Presidente o Diputado o viceversa,
tal como ha ocurrido en la última elección
general del país .
Desde 1825 hasta el 2004, Bolivia ha sido un país,
socio políticamente y socio-económicamente
"monocrático" cuya mayoría
nacional está compuesta por una sociedad indígena
y mestiza, con políticas de exclusión económica
y social, lo que provocó pobreza y atraso. Como resultado
de este tipo de modelo socio político y económico,
Bolivia es un país pobre, subdesarrollado, enclaustrado
y dependiente, donde sólo una clase es beneficiada
con el poder
Nuestra primera constitución de 1826, claramente
escindió la "bolivianidad" asignada a todos
los que habían nacido bajo la jurisdicción
territorial de la nueva República, de los "ciudadanos",
que debían saber leer y escribir el idioma dominante
(castellano) y carecer de vínculos de servidumbre,
con lo que de inicio los indios carecían de ciudadanía
. Las distintas formas estatales que se dieron hasta 1952,
no modificaron sustancialmente este apartheid político.
El Estado caudillista (1825-1880) y el régimen de
la llamada democracia "censitaria" (1880-1952),
tanto en su momento conservador como liberal modificaron
muchas veces la Constitución Política del
Estado.
Los procesos de democratización y homogenización
cultural iniciados a raíz de la revolución
de 1952, en parte transformaron el régimen de exclusión
étnica y cultural del Estado oligárquico.
El voto universal amplió el derecho de ciudadanía
política liberal a millones de indígenas;
pero lo hizo imponiendo un único molde organizacional
de derechos políticos. Igualmente, la educación
fiscal y gratuita permitió que indígenas que
constituían la abrumadora mayoría de los "analfabetos"
marginados de un conjunto de saberes estatales, ahora pudieran
estar mas cerca de ellos.
De esta manera, entre 1952 y 1976, entre el 60 al 65% de
la población boliviana que tenia como lengua materna
un idioma indígena solo pudo ejercer sus derechos
de ciudadanía por medio de un idioma ajeno ya que
la educación oficial, el sistema universitario, el
vinculo con la administración publica, los servicios,
etc., solo podían realizarse por medio del castellano
y no así empleando el idioma quechua o aymara.
Marco teórico de las Autonomías
Se parte de una definición común y ya socializada
en Bolivia. Para definir autonomía, la referencia
es la de Urenda , que textualmente señala: se entiende
por autonomía el derecho y la capacidad efectiva
del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar
los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta
en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad
y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus
circunscripciones, en el marco de la unidad del Estado.
La autonomía se sujeta a la Constitución y
a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.
En un régimen de Autonomías, lo que hay es
una descentralización político administrativa,
que no se detiene en la elección de la autoridad
gubernamental principal de este nivel subnacional, sino
que se va hasta la adopción de competencias normativas,
de definición de políticas públicas
y de fiscalización. Se debe aclarar cuatro conceptos
aquí: qué normas, qué normas y qué
políticas y qué fiscalización.
Ahora bien, estas normas alcanzan a ser Leyes se dijo,
en términos de una conceptualización legal
en pirámide, al estilo de Kelsen. Hoy por hoy, esta
estructura piramidal de la preeminencia de normas, debe
ser transversalizada con los niveles de gobierno, por que
muchas veces un Reglamento nacional tiene mayor rango que
una Ordenanza Municipal, como es el caso de la aprobación
de las Ordenanzas de tasas y patentes municipales, donde
el Gobierno Municipal, una vez aprueba su ordenanza de tasas
y patentes debe ir primero al Ministerio de Hacienda para
que elabore un informe que atestigua que no hay doble tributación,
y luego a la Comisión de Hacienda de la Cámara
de Senadores, para que se emita un Informe de dicha Comisión
ratificando o modificando el informe del Ministerio de Hacienda
y Resolviendo la procedencia o no de la Ordenanza Municipal.
Es decir, que una Resolución de una Comisión
del Senado tiene más fuerza que un instrumento legal
de un nivel autónomo, como es una Ordenanza Municipal
de un Gobierno Municipal. Por tanto, la capacidad reglamentaria
del gobierno central debe ser cercenada a favor del nivel
autonómico subnacional. Pero, esto se verá
en el siguiente punto del marco jurídico de las Autonomías
Departamentales.
Para comprender la diferencia entre diferentes modelos
de Estado se muestra este gráfico
MODELOS DE ESTADO
Fuente: Elaboración propia
Todas las definiciones de Estado señalan que el
estado es un Territorio, con un Gobierno, con normas propias
y con una población . Si ello es así, se reconocen
solamente dos modelos de Estado. Este es o federal o unitario.
De allí el unitario puede ser centralizado o descentralizado,
hasta llegar a la descentralización político-.administrativa,
que ya reconocía la Constitución de 1967 y
que lo aprobó el referéndum de 1931 en Bolivia.
De allí la forma de Autonomía implica un órgano
legislativo propio, en tanto la autarquía no.
Por tanto, la Autonomía que se pretende, sea Departamental,
regional o Étnica, es una descentralización
político-administrativa, en términos de derecho
administrativo y de teoría de la administración
pública y del ordenamiento territorial.
Finalmente, las diferencias entre federalismo y autonomías
son varias, destacando el hecho de que no se descentraliza
el Poder Judicial en una Autonomía, no tiene cada
territorio su propia Constitución, si no solamente
un Estatuto sometido a la única Constitución
nacional y aprobado por Ley de la República, y las
competencias no son auto atribuidas si no negociadas en
una autonomía con el gobierno central.
Más aún, en América latina hay países
que tiene estado federal pero son centralistas en su organización
estatal, y hay países unitarios muy descentralizados
como se puede ver en el siguiente gráfico.

Aquí se ve claramente que Bolivia es descentralizado
a escala municipal y desconcentrado a nivel departamental.
Dicotomía que ya no soporta el estado actual.
Antecedentes sobre autonomías
El planteamiento que haremos sobre el tema, está
dentro un marco teórico a partir del cual se identifican
las limitaciones y posibilidades estructurales del modelo
boliviano.
Bolivia es un país que históricamente se
ha estructurado de manera diversa . En términos históricos,
la interpretación del nacionalismo revolucionario
pone en entredicho la idea de Estado-nación en el
sentido weberiano del término. Cuestionada desde
la historiografía aymara (la República es
otra fase del dominio colonialista), el nacionalismo revolucionario
ha perdido su impulso legitimador de una historia oficial
.
El intento de conformar una comunidad política asentada
en la democracia representativa es un intento que por ahora
plantea más interrogantes que soluciones. La idea
de Estado-Nación ha sido sustituida por la noción
de Estado Plurinacional y Multilingüe que pretende
avanzar hacia lo Intercultural, aunque no se ha cristalizado
la integración social propugnada a través
del reconocimiento constitucional de lo "pluri-multi-inter"
y de las reformas destinadas a la formación de una
cultura democrática. Las propuestas que se plantean
pretenden encarar este desafío a partir del vínculo
entre los principios del Estado de derecho -como horizonte
de la consolidación democrática- y el pluralismo
cultural .
Las razones para buscar una autonomía étnica
son la territorial (tierra es otro planteamiento táctico),
la cultural y la social, porque la dimensión económica
y política pueden resolverse en procesos de descentralización
político administrativos, en el marco de la constitución
de Gobiernos Departamentales Autónomos y de las "simples"
Autonomías Departamentales.
Antecedentes históricos de propuestas autonómicas,
las hay desde la Convención de 21868, con Lucas Mendoza
de la Tapia, luego los movimientos de Andrés Ibáñez,
de Domingo Ávila y otros en Santa Cruz, el referéndum
por la descentralización política impulsado
por Salamanca y vetado por él mismo posteriormente,
los movimientos cívicos de los años 50's en
santa Cruz, y muchos más.
Sobre la base de estos antecedentes, hasta ahora se ha
identificado cuatro planteamientos concretos sobre cómo
debería organizarse el nuevo Estado boliviano; El
sociólogo y analista político Álvaro
García Linera plantea la creación de "Autonomías
Indígenas"; el Comité Cívico Pro
Santa Cruz, propone la conformación de "Autonomías
Departamentales"; el Movimiento Sin Miedo, sugiere
la creación de la "Federación Boliviana
de Municipios y Comunidades Originarias"; y el Comité
Cívico de Chuquisaca y el propio Presidente Evo Morales
proponen la conformación de Autonomías regionales.
Hay otras propuestas, con menor respaldo social, como la
de la Nación Camba que plantean la existencia de
un Estado Libre Asociado con Bolivia, para quienes lo quieran,
ó la propuesta de reconstitución del Tahuantinsuyo
de Felipe Quispe, también denominada la "Federación
del Kollasuyo", Hay matices de propuestas de las anteriormente
citadas como la del Comité Cívico de Tarija
que sobre la base de la propuesta de Autonomías Departamentales,
plantea la concesión de territorios Indígenas
descentralizados al interior de las Autonomías Departamentales,
con administración y gobierno propio, según
sus usos y costumbres .
Como políticas de la autonomía Aymara planteadas
hasta ahora, podemos citar el paso del sindicalismo impuesto
desde 1953 en el área rural a la "Reconstitución
de los Ayllus en Bolivia con identidad construida"
como la Wifala , planteada por Carlos Mamani, Simón
Yampara, Alicia Canaviri y en partes Fernando Untoja desde
las ONGs. THOA, CADA y otras afines. Para sostener su propuesta
de libre determinación del pueblo Aymara, apelan
al Convenio 169 de la Organización Internacional
de Trabajo. La "comunidad imaginada" de Waskar
Ari , Anderson, Benedict, quienes plantean cambiar quinientos
años de historia colonial boliviana que ha generado
injusticias históricas como la falta de equidad,
sometiendo en la pobreza al conjunto del Pueblo Aymara,
a partir de las experiencias de la India, Malasia y Australia,
países con historia multiétnica, que en el
siglo XX sus Estados nacionales han impuesto políticas
preferenciales para resolver la falta de equidad entre grupos
étnicos distintos, como el Programa de la Acción
Afirmativa (Malasia), "clase programada". (India),
creando para los indígenas cupos de representación
parlamentaria y participación en la administración
de gobierno; becas a la educación superior, vivienda
y trabajo.
Según el proyecto autonómico de los pueblos
indígenas, el debate coincide con los cívicos
en la necesidad de abandonar el centralismo del Estado,
pero discrepan en los alcances que esta división
de poderes podría tener . Sin dejar de lado la autoridad
del Estado boliviano en la definición estratégica
de los recursos naturales, impuestos, la sujeción
de las Fuerzas Armadas y la definición de las relaciones
externas con otras naciones, los pueblos indígenas
de las "tierras altas y bajas" reclaman la administración
de sus "territorios autónomos" y derechos
políticos para sus comunidades a elegir sus autoridades
y administrar sus recursos en forma autónoma y la
definición de sus políticas de desarrollo
mediante un modelo flexible de una "descentralización
participativa" al interior de cada pueblo - El mismo
Ayllu es una concepción - Los principales actores
de este proyecto, son: la Asamblea Indígena Chiquitana
(OICH), la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), la
Asamblea del Pueblo Yuracaré (APY) y la Central de
Pueblos Mojeños del Beni (CEPEMBE). Sin ser poder
alterno, ni Poder Dual , sus autoridades como el Mallku,
el jilakata, la Segunda Mayor, la Mama T'ajlla, Jilankos
o el curaca, los Capitanes Grandes o mburuvichá guasú,
o los Presidente de los Cabildos Indigenales de Moxos, ejercen
autoridad reconocida, sin discusión, y se someten
a normas de elección consensuada, o rotativa por
lógicas hereditarias, basadas a factores etéreos,
pero divorciados de concepciones de democracia representativa.
En este sentido, sobre la incorporación de los pueblos
indígenas en las autonomías departamentales
han surgido diversas propuestas, desde la constitución
de Federaciones de Ayllus, Autonomías Comunitarias,
Municipio Indígena, Mancomunidades Municipales Indígenas,
entre otros, bajo el concepto de democracia comunitaria
como forma de organización autonómico comunitario
al interior del Estado.
Álvaro García Linera, manifiesta que las
Autonomías indígenas son un Estado multinacional
y multicivilizatorio "autonomías étnicas"
(convirtiéndose en naciones dentro del Estado boliviano
y dentro de las autoridades departamentales) una descentralización
política en el nivel intermedio del Estado para reivindicar
a la población mayoritaria boliviana que, por más
de un siglo, ha vivido al margen de las decisiones políticas.
Para García Linera, el Estado boliviano es "monocultural"
y ha estado dominado por la civilización "castellana-hablante
mestiza". Además a esa característica
suma una segunda falla estructural del Estado que quiso
ser liberal, con una estructura económica que también
chocó con las culturas andinas. Por lo que propone,
bajo la forma de regímenes autonómicos con
comunidades indígenas.
Por otra parte, Javier Medina , Carlos Soria y otros, desde
la postura diárquica, plantean que en la futura Constitución,
ya inmerso en el proceso de diálogo de civilizaciones
y de construirse colectivamente un nuevo pacto de reciprocidad
bajo una nueva estatalidad diárquica que no incluya/excluya
a nadie, sino que paute relaciones de complementariedad
entre dos sistemas antagónicos. Esto debe darse como
resultado una combinación de democracia representativa
y democracia comunal o comunitaria (en referencia a la democracia
practicada en las comunidades indígenas). Sin embargo,
a su vez, sostiene que las formas de organización
propias en las comunidades indígenas no siempre significan
"democráticas", sino más bien monárquicas
(sucesión hereditaria del mando, como en los Capitanes
Grandes o Mburuvichá Guasus de los guaraníes),
consenso (que todos los ayllus estén de acuerdo en
una cabeza) o diarquía (las mama tajllas por ejemplo),
sin mayor componente propiamente democrático (al
estilo de la concepción de los clásicos griegos).
Además se obvia el tema de la democracia participativa,
que permite no sólo consultar, sino compartir la
toma de decisiones con la comunidad o con la sociedad misma.
Según estos autores, las autonomías étnicas
preservan todo ello, sin discusión ni debate crítico.
Si a ello se suma que el marco al menos aceptado por todos
es el de la Declaración Universal de Derechos Humanos,
las formas de justicia comunitaria sobre la base del linchamiento
sin debido proceso, o sin derecho a la defensa , o la sujeción
de las mujeres en el hogar y en la comunidad , o las estructuras
de poder y económicas impermeables al interior de
las propias comunidades ; el mantenimiento de sus modalidades
y formas de poder internas con relación a su reracionamiento
con la ciudad y el mundo exterior , son temas que deben
ser debatidos y tal vez si bien no "occidentalizar"
a estos Pueblos Indígenas, buscar su conocimiento
y comprensión de estos Derechos Humanos, como base
de ese Pacto o reconstrucción de la Bolivia a diseñarse.
Insisten que todas las sociedades pasan por autodiagnósticos
que le permiten recrearse a cada momento histórico,
por eso no conviene poner un fanal sobre la cultura originaria,
sino más bien incorporarlos al debate de un "común
denominador".
La propuesta étnico culturalista y diárquica
de las autonomías sostenida por García Linera,
Javier Medina, Yampara y Waskar Ari y otros, es relativizada
por Jean Piel, Mignolo, Sanjínez, Quijano, quienes
desde una óptica de la teoría colonialista,
insisten que el problema central de autonomías tiene
ver necesariamente con la formación de los Estados
que se han gestado en el área andina en la primera
mitad del siglo XIX. Sus actores principales fueron los
descendientes de los españoles llamados criollos,
mestizos, blancos españoles, algunos mulatos y otros
europeos que pugnaban con España (10 y 15% población
de América). Ellos querían, en lo interno
una autonomía política y administrativa y
en lo externo establecer relaciones comerciales y culturales
con otras fuerzas colonizadoras como la anglosajona . Mientras
los otros subyacentes llamados indios, negros y otros grupos
resultantes de la mezcla biológica y culturales de
tres siglos de devastadora presencia europea que representaban
el 80 y 98% de la población conformando las comunidades,
siervos, aparceros y peones de las haciendas, pongos de
encomenderos, quedaban excluidas de cualquier régimen
de libertad individual o colectiva, puesto que los beneficios
de este proceso separatista, en absoluto no podían
extenderse hacia ellos . Jean Piel, lo llama la "realidad
infranacional cosmopolitizada como algo incompletamente
nacional" . Desde este perspectiva no pueden dejar
de ser indagados, debatidos y reconocidos tres problemas
pendientes: i) La colonialidad de las relaciones materiales
de poder entre lo europeo y lo no-europeo (lo aborigen -
étnico, principalmente, pero también lo de
procedencia africana e inclusive asiática); ii) La
hegemonía del paradigma eurocéntrico en la
perspectiva mental de nuestra sociedad; iii) La manera eurcéntrica
de plantear y abordar la cuestión nacional y en lo
específico la cuestión Aymara y sus proyectos
de descentralización política territorial
o autonomías.